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SCJN autoriza uso de cannabis en alimentos de consumo recreativo

Durante la resolución de un recurso de inconformidad, el Pleno del máximo tribunal determinó que agregar cannabis o tetrahidrocannabinol (THC) a alimentos de uso estrictamente personal constituye una actividad culinaria común, y no se equipara a la fabricación de productos que requieren un régimen sanitario especializado.

Se mantienen restricciones para otros productos

Pese a esta resolución, la Corte determinó conservar las restricciones que actualmente impone la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) sobre la elaboración de productos derivados del cannabis que sí requieren controles sanitarios específicos. Entre estos se incluyen medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios, cosméticos, vapeadores y otros dispositivos similares.

El tribunal precisó, además, que esta decisión no habilita la venta, distribución, suministro a terceros ni la comercialización pública de dichos alimentos, por lo que su alcance se limita exclusivamente a la persona titular de la autorización correspondiente.

Los antecedentes de esta decisión judicial

Esta resolución se suma a un criterio judicial que la Corte comenzó a construir desde 2015 y que amplió en 2021, año en que eliminó, con efectos generales, la prohibición absoluta al autoconsumo lúdico de cannabis.

A partir de ese momento, la Secretaría de Salud, a través de la Cofepris, quedó obligada a autorizar a personas adultas la realización de actividades como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar cannabis y THC, sin que ello implique la posibilidad de importar, comerciar, suministrar o distribuir dichas sustancias.

Al respecto, la Cofepris reiteró el pasado mes de julio que este criterio se limita exclusivamente al autoconsumo, y que no reconoce ningún derecho para comercializar, suministrar, enajenar o distribuir cannabis entre la población.

Cabe recordar que México cuenta, desde 2021, con un reglamento específico que regula la producción, investigación y uso medicinal del cannabis y sus derivados farmacológicos.

Otras resoluciones relacionadas

En junio pasado, la Corte también determinó que una misma autorización puede aplicar para varias personas, siempre que todas ellas sean identificadas expresamente como titulares del permiso correspondiente.

A pesar de estos avances por la vía judicial, la regulación integral sobre el uso adulto de cannabis continúa pendiente en el Congreso, institución que sigue recibiendo distintas propuestas legislativas orientadas a regular su consumo en el país.